4 Junio 2021
Nombre corto
Ley General de Seguridad Privada
Nombre oficial:
Dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos, Segunda, con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción XXIII Bis al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Se da facultad al Congreso de la Unión expedir la Ley General Seguridad Privada; busca una ley que establezca las reglas y la autoridad facultada para autorizar y regular a los prestadores de servicios de seguridad privada en el territorio nacional.