Fecha:
06/Abril/2022
Incluir especies digitales como moneda permitida por el Banco Central
Tipo:
Iniciativa
Turno:
Hacienda y Crédito Público (Coordinadora)
Estudios Legislativos Primera (Comisiones Unidas)
Numero de gaceta:
LXV/1SPO-45/125056
Periodo:
Segundo
Proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 2do. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos.
Propone incluir a los activos virtuales como parte de las especies digitales que podrán ser circulantes en el territorio nacional, para ello, establece que solo el banco central podrá ser quien emita una moneda digital.
Tema
Economía
Estatus
Pendiente
Impulsada por:
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