LXIV

  • El dictamen de Muerte Civil a los corruptos, presentado por el senador jalisciense Clemente Castañeda, fue aprobado hoy por unanimidad en el Pleno del Senado de la República.
  • Con la reforma, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa estará facultado para imponer como la sanción más severa, la inhabilitación permanente tanto a funcionarios como a particulares que cometan faltas administrativas graves en perjuicio a las finanzas públicas.

La Muerte Civil a políticos, funcionarios públicos y particulares que cometan actos de corrupción en perjuicio a las finanzas públicas, una de las 35 acciones legislativas del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, fue aprobada hoy por el Pleno del Senado de la República.

“A partir de esta reforma, el catálogo de sanciones para servidores públicos, irá desde la suspensión del empleo, cargo o comisión, hasta la inhabilitación permanente”, subrayó Clemente Castañeda, presidente de la Comisión de Anticorrupción, Transparencia y Participación Ciudadana del Senado de la República.

Con las modificaciones aprobadas a los artículos 78, 81, 84 y 89 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y el 212 del Código Penal Federal se faculta:

  • Al Tribunal Federal de Justicia Administrativa para imponer como la sanción más severa, la inhabilitación permanente a servidores públicos y a particulares que cometan faltas administrativas graves en perjuicio a las finanzas públicas por un valor de más de mil 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, establecido en 84.49 pesos.
  • La inhabilitación temporal se establecerá únicamente cuando no se cause daño o perjuicio, ni exista un beneficio o lucro indebido y el monto afectado o de beneficio obtenido sea menor a mil 500 veces el valor de dicha unidad de medida.

“La corrupción en este país tiene que combatirse a partir de reformas de carácter legal e institucional. El reto que enfrentamos para combatir y erradicar la corrupción pasa necesariamente por abatir la impunidad y solo lo vamos a lograr con voluntad política para avanzar en la dirección correcta, con una política sólida y por supuesto, fortaleciendo al actual Sistema Nacional Anticorrupción”, dijo Castañeda, vicecoordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en el Senado.

La Muerte Civil es una de las 35 acciones legislativas del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, también, un compromiso de campaña de los senadores de Jalisco, Clemente Castañeda y Verónica Delgadillo.

La propuesta que presentó el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano fue conciliada con otra propuesta similar: el dictamen final fue aprobado primero por las comisiones de Anticorrupción, Transparencia y Participación Ciudadana, y de Estudios Legislativos, Primera, y hoy, por el Pleno del Senado.

La corrupción, dijo Clemente Castañeda, no se combate sólo con buenas conciencias, como creen algunos, sino con consecuencias severas que no permitan la impunidad. Para eso sirve la muerte civil, para que políticos y empresas corruptas no vuelvan a estar cerca del servicio público.

Con la Muerte Civil damos herramientas para que las autoridades puedan aplicar sanciones ejemplares y que la corrupción se castigue en serio. Quedará en manos de la Secretaría de la Función Pública y la Fiscalía General de la República hacerlas efectivas, puntualizó el senador Clemente Castañeda.

 

 

Propone Patricia Mercado especificar en la ley qué

conductas son sancionables como violaciones al Estado laico

 

  • La iniciativa legislativa propone fortalecer el Estado laico mediante reglas claras.
  • Los gobiernos deben diseñar políticas públicas para todas las personas por igual, sin importar sus convicciones éticas, de conciencia o de religión, señaló la Senadora.

 

En el marco del natalicio de Benito Juárez, la senadora Patricia Mercado, del grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano, presentó una iniciativa legislativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en materia de laicidad en la función pública.

En conferencia de prensa, la legisladora subrayó que a pesar de que el Estado laico está consagrado en la Constitución, actualmente no se cuenta con ninguna disposición específica en la legislación que impida el uso de elementos religiosos y las acciones de discriminación y exclusión a la ciudadanía por parte de los servidores públicos.

“El objetivo es que las y los servidores públicos estén obligados a respetar la ley y a cumplir con los principios de separación, como lo son: la laicidad en la educación pública, el carácter laico de la política y las disposiciones en materia de religión, convicciones éticas y libertad de conciencia”, señaló.

En este sentido, dijo que la propuesta planteada busca llegar a un acuerdo en el Senado de la República para ver cómo sancionar al funcionariado público — en los tres órdenes de gobierno y los tres poderes de la Unión— que incumpla la ley y, asimismo, dar claridad para aplicar las sanciones. “Fortalecer el Estado laico significa consolidar el Estado de derecho y las normas de convivencia, para que la paz y el respeto predominen en la relación entre personas que piensan de forma distinta”, dijo.

La iniciativa plantea prohibir y sancionar diez conductas en la función pública:

  1. Discriminar o condicionar en el servicio público a alguna persona, grupo o asociación por motivos de convicciones éticas, de conciencia o de religión.
  2. Favorecer, preferir, privilegiar o descalificar a alguna doctrina o asociación religiosa, o a alguna convicción ética o de conciencia, en el desempeño de sus funciones. 
  3. Obligar o consentir que las personas sean obligadas a desempeñar trabajos, faenas o aportaciones en especie o en cualquier medio para ceremonias, devociones, actos de culto o servicios de alguna asociación religiosa.
  4. Difamar, censurar, descalificar o incitar al odio, mediante cualquier medio, a cierto grupo en razón de sus convicciones éticas, de conciencia o de religión.
  5. Diseñar y ejecutar programas o políticas públicas cuyo contenido aluda elementos de alguna doctrina, grupo o asociación religiosa específica.
  6. Utilizar las instituciones, las instalaciones o los recursos públicos para la práctica de actos, ceremonias y ritos religiosos.
  7. Permitir, promover o fomentar la práctica de ceremonias, devociones o actos de culto religioso en espacios públicos, salvo en los casos establecidos en la ley.
  8. Permitir el uso o utilizar referencias, expresiones, elementos, símbolos o imágenes de carácter religioso o antirreligioso en ceremonias, documentos, actos o comunicaciones oficiales.
  9. Realizar expresiones de apología o de censura religiosa en actos oficiales de carácter diplomático. 
  10. Difundir por cualquier medio de comunicación oficial contenidos religiosos en ejercicio de sus funciones.

“Honrando el gran legado de Benito Juárez y su frase: “El respeto al derecho ajeno es la paz”, cada quien tiene libertad de conciencia, tiene autonomía para sus valores éticos, para su vida religiosa y espiritual y los gobiernos tienen que separarse de eso y garantizar políticas públicas para todas las personas por igual, para tener realmente un Estado que camine hacia la igualdad y la no discriminación”, concluyó.

 

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